Dependiendo del concepto que solicita la licencia, el pago se hará en forma regular y anual o puntual.
En el caso de pago oportuno, realizado a través de la autoevaluación y deberá presentarse junto con la solicitud de licencia.
En el caso de pago periódico, realizado a través de cobratorio estándar, que tiene su periodo voluntario entre el 15 de septiembre y el 20 de noviembre.
Las aplicaciones que no se registran acompañada del comprobante de pago de la tasa serán admitidos en forma provisional, pero no les dan el curso hasta que se rectifiquen esta deficiencia. El interesado tendrá diez días para pagar la cantidad debida. De lo contrario, será archivada la solicitud.
Una vez concedida la licencia, la liquidación definitiva. Puede elevar la liquidación presentada autoevaluación final o emitir un nuevo asentamiento, que se deducirá de la cantidad ya pagada o para requerir al contribuyente a la devolución, en su caso, las diferencias existentes.
Si se niega la licencia, y dado que no han hecho el uso privado o uso especial del dominio público, la persona interesada puede solicitar la devolución de la cuota depositada.
Del mismo modo, la persona interesada puede solicitar la devolución de la tasa en los casos renunciar a la licencia antes de hacer uso de ella. Si van a producirse la renuncia o retiro después de la concesión de la licencia, no devolver la parte de la cuota correspondiente a este proceso.