saltar al contenido Saltar a la barra lateral izquierda Saltar a pie de página

COVID-19

Exposición del censo electoral para las elecciones autómicas

Ante la próxima convocatoria de elecciones al Parlamento de Galicia de 12 de julio de 2020, y en cumplimiento de la Ley Orgánica 5/1985 del Régimen Electoral General, de 19 de junio, el Ayuntamiento de Cedeira mantendrá un servicio de consulta del Censo Electoral y permanecerá expuesta al público la relación de Mesas y Colegios Electorales de este Municipio.

Durante el período electoral, un servicio de consultas estará disponible en Internet para que los/las electores/las puedan consultar los detalles de su registro en el censo electoral, en la dirección: https://sede. ine. gob.es/consulta_electoral_ elecciones. Para hacer la consulta, debes ser identificado/la por el sistema Cl @ ve.

Quien no se identifiquen a través de este sistema podrá consultar sus datos a través del Ayuntamiento, en el consulado correspondiente a su lugar de residencia, en la Delegación Provincial de la Oficina de Censo Electoral o llamando al 981 217 439, 981 217 426 y 901 101 900.

Para la consulta en el Ayuntamiento, debido al actual estado de alarma ocasionado por la situación de emergencia de salud pública derivada del COVID-19, puede acceder a sus datos de consulta a través del correo electrónico correo@cedeira.gal, sede@cedeira.gal –acercando foto del DNI de la persona- o en el teléfono 633595466.

Se advierte de la conveniencia de consultar las listas electorales por aquellas personas que cumplieron recién 18 años de edad, así como los que cambiaron de dirección en los últimos meses.

Dentro del plazo indicado cualquier persona podrá formular reclamaciones sobre sus datos censais. Las reclamaciones podrán presentarse directamente en la Delegación Provincial de la Oficina del Censo electoral o a través de este Ayuntamiento, por los medios indicados anteriormente, donde también se les facilitarán los correspondientes impresos de reclamaciones.

El Gobierno publica la orden que hace obligatorio el uso de mascarillas en espacios públicos si no se puede mantener la distancia de seguridad

Orden SND/422/2020, de 19 de mayo, por la que se regulan las condiciones para el uso obligatorio de mascarilla durante situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

Mediante la presente orden se disponen, con carácter general, el uso obligatorio de máscaras en personas de seis años en adelante en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersoal de por lo menos dos metros, siendo recomendable su uso para la población infantil de entre tres y cinco años.

Son excepciones la esta obligación aquellas personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por la utilización de la máscara y aquellas que tengan contraindicado su uso por motivos de salud o discapacidad.
Asimismo, su uso no será exigible en el desarrollo de actividades que resulten incompatibles, tales como la ingesta de alimentos y bebidas, así como en circunstancias en las que exista una causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

Lo previsto en esta orden debe entenderse sin perjuicio de la necesidad de seguir cumpliendo con las recomendaciones de las autoridades sanitarias relativas al mantenimiento de la distancia interpersonal, la higiene de manos y resto de medidas de prevención

Más información en el siguiente enlace:

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2020-5142