PUBLICADA HOY EN EL DOGA LAS AYUDAS DE AUTOCONSUMO/ALMACENAMIENTO PARA EMPRESAS
Beneficiarios: Transporte, comercio, hostelería y servicios (CNAE – G, H, I, J, K, L, M, N, O, P, Q, R o S)
a) Personas jurídicas y agrupaciones de empresas o de personas físicas, con o sin personalidad jurídica, que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado, incluyendo, entre otros:
1º. Los gestores de polígonos industriales, de naturaleza pública o privada.
2º. Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de actuaciones en el ámbito de la energía.
3º. Las empresas de servicios energéticos (ESE), o proveedores de servicios energético
b) Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía
fecha límite: Inicia a las 9.00 horas del día 21-10-2021 (hasta 31/12/2023)
Actuaciones:
Programa de incentivos 1: instalaciones de autoconsumo renovable fotovoltaica y eólica (+ almacenamiento) sector servicios
Programa de incentivos 2: instalaciones de autoconsumo renovable fotovoltaica y eólica (+ almacenamiento) otros sectores
Programa de incentivos 3: almacenamiento en instalaciones ya existentes
Importe ayuda: puede oscilar entre 15% y él 65% (Ayuda base+ayuda adicional por perfil solicitante, instalación o reto demográfico).
Más información en el siguiente enlace: