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SOLICITUD DE LICENCIA DE OCUPACIÓN VÍA PÚBLICA

La normativa urbanística deber a presentar solicitud de autorización para la ocupación del subsuelo, suelo y vuelo de la vía pública con vallas, andamios, grúas, material de construcción y otras instalaciones análogas.

En el caso de haber previsto acometer alguna obra para la que se precise esta licencia, los trámites que se deben realizar los siguientes:

La información que se debe acercar es la señalada en la propia solicitud y deberá entregarse conjuntamente con la solicitud debidamente cubierta.

  • Fotocopia del NIF, NIE o CIF.
  • Bosquejo acotado de la situación.
  • Bosquejo de emplazamiento.
  • Certificado de riesgos laborales (en el caso de ocupación con andamios).

La ordenanza municipal que regula la tasa que se debe abonar derivada de la solicitud de esta licencia puede ser consultada en la siguientes enlaces.


VER PDF Ordenanza fiscal Ocupación vía pública con vallas, andamios, grúas, material de construcción y otras

Para abonar los importes derivados de la autoliquidación, pueden realizarse los respectivos ingresos en las siguientes cuentas del Ayuntamiento:

BBVA: ES70 0182 0622 4100 0000 0055

La Caixa: ES37 2100 4936 5822 0000 4470

Abanca: ES15 2080 5196 2931 1000 0027

Banco Pastor: ES57 0238 8151 9006 6000 0271

Banco Sabadell Gallego: ES57 0081 2238 4100 0100 0705

El texto del justificante de ingreso de la autoliquidación (concepto), debe incluir la siguiente información:

Código 33903 + (DNI del solicitante de la licencia).

Una vez realizada la entrega de documentación necesaria para la concesión de la solicitud de licencia, el Ayuntamiento de Cedeira tiene uno plazo máximo de tres meses para conceder la solicitud. Transcurrido este plazo se entenderá que la solicitud está desestimada.

Luego de la concesión de la licencia, el solicitante puede iniciar la ocupación de la vía pública en las condiciones explicitadas en la autorización concedida por el Ayuntamiento.

Luego de la finalización de la ocupación de la vía pública, lo/la solicitante debe comunicar este hecho al Ayuntamiento para, de ser el caso, proceder a la liquidación definitiva de los deberes tributarios por parte de los departamentos municipales.