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COVID-19

Guías para la reducción del contagio por coronavirus SARS- CoV-2 en el sector turístico

Desde el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo acercan, a través de su web unas guías para la reducción del contagio por coronavirus SARS- CoV-2 en el sector turístico.

Son específicas para el sector y vienen repartidas en las siguientes categorías:

  • Albergues
  • Alojamientos rurales
  • Campings
  • Campos de golf
  • Guías de turismo
  • Hoteles
  • Museos
  • Restaurantes
  • Agencias de viages
  • Balnearios
  • Oficinas de información turística
  • Turismo activo y ecoturismo

Más información en el siguiente enlace

Descarga Guías para la reducción del contagio por coronavirus SARS- CoV-2 en el sector turístico

Aprobación de as Bases del programa FO215/2020

Servicio de Acción Social, Cultural y Deportes. Sección de Educación, Cultura y Deportes.

Acuerdo de la Xunta de Gobierno del 08/05/2020. Aprobación de las Bases del programa FO215/2020.

Programa de subvenciones para el desarrollo de actividades por parte de las entidades sin ánimo de lucro con
función de representación sectorial y colectiva a nivel gallego de las personas y/o entidades existentes en los diferentes sectores de la cultura gallega, durante el año 2020.

Más información en el siguiente enlace:

Descarga Aprobación de las Bases del programa FO215/2020

Desplazamientos universitarios y a centros escolares

Con motivo del proceso de reducción gradual de las medidas extraordinarias de restricción de la movilidad y del contacto social establecidas mediante lo Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo , por lo que se declaraba el estado de alarma, el pasado 9 de mayo tuvo lugar a publicación de la Orden SND/399/2020, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, en cuyo contexto se imparten instrucciones que afectan a determinados ámbitos de la vida ciudadana entre los que se encuentran los relativos a la libertad de circulación así como a las condiciones de reapertura de centros educativos y universitarios para la realización de actividades administrativas.

En relación con los mismos, en aquellos territorios que se encuentran en la Fase 1, al objeto de favorecer la recuperación de la normalidad de la vida educativa, y sin perjuicio de la obligación de observar las instrucciones que impartan las autoridades sanitarias para la prevención del COVID-19, se autorizan, dentro de la provincia, isla o unidad territorial de referencia a efectos del proceso de desescalada:

  • Los desplazamientos a los centros escolares para la recogida de material escolar y otras actividades de naturaleza análoga. Al objeto de mantener las medidas sanitarias de seguridad y higiene necesarias, el acceso a los centros escolares se realizará previa concertación de cita al efecto y por una sola persona, al objeto de minimizar la coincidencia de personas nos mismos y garantizar el mantenimiento de la distancia interpersonal de seguridad.
  • Los desplazamientos de los estudiantes universitarios a las localidades en las que cursan sus estudios o en las que residen durante lo curso universitario, que tengan por objeto a recogida de material docente, objetos personales, firma o finalización de contratos de alquiler, u otras actividades de naturaleza semejante.

Se recuerda que los movimientos fuera del ámbito de la provincia, isla o unidad territorial de referencia continúan sujetos a los requisitos recogidos en el artículo 7 del Real Decreto 463/2020, en los términos establecidos en el mismo y en las órdenes e instrucciones #dictar en su desarrollo.